Tramitación rápida y sin desplazamientos. Gestoría especializada en transferencias de vehículos en Sevilla y el Aljarafe desde 1989.
Nos encargamos de transferir tu vehículo
¿Qué hacemos por ti?
¿Has comprado o vendido un coche y necesitas cambiar el nombre del titular? La transferencia de vehículos por compraventa es un trámite obligatorio que debe realizarse en un plazo máximo de 30 días desde la firma del contrato. En Asesores del Aljarafe te ofrecemos un servicio completo y personalizado para que puedas gestionar el cambio de titularidad ante la DGT de forma telemática, sin colas y con todas las garantías legales.
Realizar la transferencia a través de una gestoría especializada te ahorra tiempo, errores y desplazamientos innecesarios a las Jefaturas de Tráfico. Nuestro equipo se encarga de verificar que el vehículo esté libre de cargas, preparar toda la documentación necesaria, liquidar los impuestos y presentar telemáticamente la solicitud ante la DGT. Además, asesoramos tanto al comprador como al vendedor para garantizar que ambas partes cumplan con sus obligaciones legales y queden protegidos ante posibles responsabilidades futuras.
Con más de 35 años de experiencia en trámites de tráfico, Asesores del Aljarafe ofrece cobertura especializada en toda la zona de Sevilla y el Aljarafe, con oficinas en Tomares. Confía en profesionales que conocen a fondo la normativa de la DGT y te garantizan una tramitación rápida, segura y sin complicaciones.
Solicite Información
¿Qué es la transferencia de vehículos por venta?
La transferencia de vehículos es el trámite administrativo mediante el cual se oficializa el cambio de titularidad de un automóvil ante la Dirección General de Tráfico (DGT) tras una operación de compraventa. Este procedimiento es obligatorio para el comprador, quien debe solicitarlo en un plazo máximo de 30 días naturales desde la fecha que consta en el contrato de compraventa. Una vez completada la transferencia, la DGT expide un nuevo Permiso de Circulación a nombre del nuevo propietario, que solo será válido si el vehículo dispone de la ITV en vigor.
Es importante distinguir entre la notificación de venta y la transferencia completa. La notificación de venta es un trámite voluntario que puede realizar el vendedor para informar a Tráfico de que ya no es responsable del vehículo a partir de la fecha de venta, protegiéndose así de multas o sanciones que pudieran generarse posteriormente. Por su parte, la transferencia es obligatoria y la debe completar el comprador para que el cambio de titularidad quede registrado oficialmente en la DGT. Mientras que la notificación solo informa de la venta, la transferencia es la que realmente cambia el titular registral del vehículo.
El plazo legal de 30 días es fundamental: superado este periodo sin haber realizado el trámite, el comprador no podrá circular legalmente con el vehículo y puede enfrentarse a sanciones administrativas. Por ello, se recomienda dejar presentada la transferencia en el mismo momento de la compra para evitar problemas posteriores.
Documentación necesaria para la transferencia
Para realizar la transferencia de un vehículo por compraventa es imprescindible reunir la siguiente documentación:
- Modelo 02 de la DGT (solicitud de cambio de titularidad), debidamente cumplimentado y firmado por ambas partes
- DNI o NIE original del comprador y del vendedor, tanto para personas físicas como representantes de empresas
- Contrato de compraventa firmado en todas sus páginas por comprador y vendedor, con fecha y datos completos del vehículo
- Modelo 620 o 621 (justificante del pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales), liquidado en la Comunidad Autónoma correspondiente
- Tarjeta de Inspección Técnica (ITV) en vigor, que acredite que el vehículo ha pasado la revisión obligatoria
- Permiso de circulación original del vehículo
- Justificante de pago del Impuesto de Circulación (IVTM) del año anterior, para acreditar que no hay deudas municipales pendientes
Nuestra gestoría se encarga de revisar toda la documentación antes de presentarla ante la DGT para evitar errores que puedan retrasar el trámite. Además, verificamos que toda la información sea correcta y esté completa, ahorrándote desplazamientos y contratiempos.
Proceso de transferencia paso a paso
El proceso completo de transferencia de un vehículo por compraventa se desarrolla en las siguientes etapas:
- Verificación del vehículo: Se comprueba que el automóvil se encuentra en situación de alta administrativa en la DGT y que está libre de cargas, embargos o reservas de dominio que impidan la transferencia. Esta verificación es fundamental para garantizar que el trámite pueda completarse sin incidencias.
- Preparación y firma de documentación: Se cumplimenta el contrato de compraventa con todos los datos de comprador, vendedor y vehículo, se rellena el modelo 02 de la DGT y se recopila toda la documentación necesaria mencionada anteriormente. Ambas partes deben firmar los documentos en todas las páginas requeridas.
- Pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales: El comprador debe liquidar el ITP (modelo 620 o 621) en la Comunidad Autónoma correspondiente, que en Andalucía supone generalmente el 4% del valor venal del vehículo según las tablas del Ministerio de Hacienda. Este impuesto debe abonarse antes de presentar la solicitud de transferencia ante Tráfico.
- Presentación telemática ante la DGT: Una vez reunida toda la documentación y abonados los impuestos, se presenta la solicitud de cambio de titularidad de forma telemática ante la DGT, junto con el pago de la tasa correspondiente. Las gestorías autorizadas pueden realizar este trámite online, agilizando considerablemente el proceso.
- Obtención del nuevo permiso de circulación: Tras la aprobación de la transferencia por parte de Tráfico, se expide el nuevo Permiso de Circulación a nombre del comprador, que podrá circular legalmente con el vehículo. Este documento se envía normalmente al domicilio del nuevo titular en un plazo aproximado de 10-15 días laborables.
Requisitos previos para la transferencia
Antes de iniciar el trámite de transferencia, es imprescindible que el vehículo cumpla con los siguientes requisitos legales:
- Vehículo en situación de alta administrativa: El automóvil debe estar dado de alta en el Registro de Vehículos de la DGT y no puede encontrarse en situación de baja temporal o definitiva.
- Impuesto de circulación abonado del año anterior: Debe estar al corriente del pago del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) correspondiente al ejercicio anterior.
- Sin sanciones pendientes de pago: El vehículo no puede tener multas o sanciones de tráfico pendientes de abono que impidan la tramitación.
- Libre de cargas, embargos o reservas de dominio: La DGT no permite transferir un vehículo que tenga activa una reserva de dominio en el Registro de Bienes Muebles o que esté embargado judicialmente.
- Inspección Técnica (ITV) en vigor: La tarjeta de ITV debe estar vigente en el momento de solicitar la transferencia, ya que el nuevo permiso de circulación solo será válido con la inspección al día.
Nuestro equipo verifica todos estos requisitos antes de iniciar el trámite para garantizar que la transferencia se complete sin problemas ni retrasos.
Ventajas de tramitar con Asesores del Aljarafe
Confiar en Asesores del Aljarafe para tu transferencia de vehículo te ofrece múltiples beneficios:
- Gestión 100% telemática sin desplazamientos: Tramitamos todo el proceso de forma online ante la DGT, sin que tengas que acudir personalmente a ninguna Jefatura de Tráfico.
- Experiencia desde 1989 en trámites DGT: Con más de 35 años asesorando en gestiones de tráfico, conocemos a fondo todos los procedimientos y normativas aplicables.
- Servicio personalizado en zona Aljarafe: Atención cercana y directa en nuestras oficinas de Tomares, con amplio conocimiento del mercado local de Sevilla y comarca.
- Tramitación rápida y sin errores: Revisamos toda la documentación antes de presentarla para evitar rechazos o subsanaciones que retrasen el proceso.
- Asesoramiento completo comprador-vendedor: Orientamos a ambas partes sobre sus obligaciones legales, plazos y protección de responsabilidades.
El coste total de una transferencia en 2025 oscila entre 150€ y 455€ aproximadamente, dependiendo del valor del vehículo (que determina el ITP), la tasa de la DGT y los honorarios de gestoría. Realizar el trámite con una gestoría especializada te garantiza seguridad jurídica y te evita posibles sanciones por errores en la documentación.
Notificación de venta
La notificación de venta es un trámite voluntario pero altamente recomendable que debe realizar el vendedor ante la DGT para informar oficialmente de que ha transmitido el vehículo. Aunque no es obligatorio, este procedimiento es fundamental para proteger al vendedor de responsabilidades futuras relacionadas con el uso del vehículo por parte del comprador, como multas, sanciones o impuestos que puedan generarse después de la venta.
El plazo recomendado para realizar la notificación de venta es de 10 días naturales desde la firma del contrato de compraventa. A partir de ese momento, el vendedor queda liberado jurídica y económicamente de cualquier responsabilidad relacionada con el vehículo, aunque el comprador no haya completado aún la transferencia. Si no se realiza esta notificación, el vendedor continuará apareciendo como titular ante la DGT y podría recibir multas o requerimientos de impuestos derivados del nuevo uso del automóvil.
La principal diferencia entre notificación y transferencia es que la notificación solo informa a Tráfico de la venta y protege al vendedor, pero no cambia la titularidad registral del vehículo. Por el contrario, la transferencia (obligatoria para el comprador) es la que oficializa el cambio de titular y permite al nuevo propietario circular legalmente. Ambos trámites son complementarios y recomendamos realizarlos para garantizar la seguridad jurídica del vendedor y comprador.
Solicita tu transferencia de vehículo
¿Necesitas tramitar la transferencia de tu coche en Sevilla? Contacta con Asesores del Aljarafe y te ayudaremos a gestionar todo el proceso de forma rápida, segura y sin desplazamientos.